Si has tenido que emigrar a un país extranjero y has vuelto recientemente, ten en cuenta que existen varias ayudas para emigrantes retornados. Aquí te hablamos de las más importantes y los requisitos para solicitarlas. Te aconsejamos que solicites los servicios de un abogado laboral para que puede asesorarte mejor y te ayude con la solicitud.
Subsidio para emigrantes retornados
Esta ayuda puede ser solicitada por emigrantes españoles retornados de países que no formen parte ni de la Unión Europea, ni del Espacio Económico Europeo, ni de Australia o Suiza. Para poder pedirla se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos 6 años desde su última salida de España en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza.
- Ser desempleado.
- Permanecer inscrito durante un mes como demandante de empleo, el llamado “mes de espera”.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo por cotizaciones que tuviera acumuladas en los seis años anteriores a su salida de España.
- Carecer de rentas, de cualquier tipo, superiores a 675 € al mes.
Puedes beneficiarte de esta ayuda durante seis meses, hasta un máximo de 18 meses. El importe que se cobra es de 430/€ al mes. El emigrante retornado debe inscribirse como demandante de empleo en los 30 días posteriores a su llegada y pasado este mes dispone de 15 días para solicitar el subsidio.
Entre la documentación necesaria se encuentra el modelo oficial de solicitud cubierto, el DNI, certificado de emigrante retornado y, según el caso, justificante de rentas.
Renta activa de inserción (RAI) para emigrantes retornados
Esta ayuda puede ser solicitada por emigrantes retornados de más de 45 años y se concede durante 11 meses.
La cuantía es de 430 euros y los requisitos para recibirla son:
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
- No tener ingresos propios superiores a 675 € mensuales y que la suma de los mismos obtenidos en el periodo de un mes por todos los miembros de la unidad familiar tampoco supere esta cuantía.
- Tener entre 45 y 65 años.
- Haber trabajado al menos 6 meses en el extranjero.
- No haber sido beneficiario de tres Programas de Renta Activa de Inserción anteriores.
Subsidio por desempleo para emigrantes retornados mayores de 55 años
Puede ser solicitado por personas mayores de 55 años que aún no se pueden jubilar pero tienen todos los requisitos de cotización para cobrar la pensión en el futuro. La ayuda económica es de 430 euros y para recibirla es necesario cumplir los requisitos del subsidio para emigrantes retornados y también los siguientes:
- Estar desempleado.
- Tener 52 años o más.
- Tener un mínimo de 15 años cotizados para la jubilación.
- Haber cotizado por desempleo durante al mínimo 6 años.
- Carecer de rentas propias.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes.
- Suscribir el compromiso de actividad.
Prestación contributiva por cotizaciones antes de emigrar
Un trabajador puede tener cotizaciones por desempleo acumuladas en España sin consumir antes de marchar al extranjero. En caso de regresar a España esta persona si tiene aún vigentes 360 días o más, podrá solicitar esta prestación. Hay que tener en cuenta que la validez de las cotizaciones es de seis años, una vez hayan pasado no se pueden utilizar para solicitar una prestación por desempleo.
Si ha regresado hace poco de un país extranjero le aconsejamos contratar los servicios de un abogado laboral para que le informe de todas las ayudas que puede solicitar. Para más información puede consultar la “Guía del retorno a España” que ha publicado el Ministerio de Empleo con información general de las ayudas disponibles y todo el proceso de retorno.
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