Un inspector de trabajo puede presentarse en tu negocio en cualquier momento y tú no estar preparado para enfrentarte a ello. Para saber cómo actuar y qué papeles presentar quédate con nosotros, te resolvemos las dudas en el siguiente post.
¿Qué es la inspección de trabajo?
La inspección laboral es un proceso rutinario mediante el cual el Estado controla el cumplimiento de la normativa laboral establecida por parte de cualquier empresa, negocio o sociedad que tenga empleados contratados.
Existe la creencia generalizada de que las inspecciones de trabajo se deben a denuncias sobre la actividad fraudulenta de una empresa. Sin embargo, un inspector de trabajo puede visitar tu negocio para comprobar que cumples con la normativa en cualquier momento, incluso sin notificación previa.
¿Qué debo hacer ante una inspección?
Si el inspector llega a tu negocio, aunque sea sin preaviso, no puedes negarle el acceso. Hacerlo , se considera obstrucción a una inspección laboral y podrás incurrir en infracciones graves y muy graves. En el caso de que el centro de trabajo sea la vivienda en la que resides, el inspector debe contar con tu permiso o una autorización judicial para poder acceder.
Finalmente, el inspector puede solicitarte documentación referente a tu actividad laboral, que estarás obligado a facilitarle si no quieres incurrir en obstrucción.
¿Qué documentación me puede pedir el inspector?
En caso de solicitarlos, algunos documentos que tendrás que facilitarle al inspector son:
- Escritura de constitución de la sociedad.
- Justificante de inscripción de la sociedad en la Seguridad Social.
- Libro Mayor (libro de contabilidad), balances y registros contables, incluidos los programas informáticos y archivos en soporte magnético.
- Contratos de trabajo presentados ante la oficina de empleo y el justificante de su comunicación.
- Declaraciones oficiales y justificantes del pago o estado corriente de las retribuciones
- Declaración del Impuesto de Sociedades.
- Documento acreditativo de inscripción en el IAE.
- Declaración de operación con terceros (modelo 347).
- Documentos de inscripción, afiliación, alta y baja a la Seguridad Social en el régimen correspondiente, mutuas, etc.
- Declaración de retenciones del IRPF (modelo 190).
- Justificantes del abono de las cuotas o prestaciones de Seguridad Social.
- Documentos exigidos en la normativa de prevención de riesgos laborales.
- Cuadro horario y un calendario laboral.
Si existiese un incumplimiento de la normativa laboral, el Estado requerirá la subsanación de las incidencias, además de la correspondiente sanción. Si te encuentras en esta situación, o lo que quieres es estar prevenido, ponte en contacto con nosotros y te ofrecemos servicios de asesoramiento y cobertura legal según tus necesidades.
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